El magistrado Olmedo Arrocha, ponente de la demanda de inconstitucionalidad presentada en contra del acuerdo del Tribunal Electoral que designó a José Raúl Mulino como candidato presidencial de los partidos Realizando Metas y Alianza, explicó que la presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), María Eugenia López Arias, puede convocar a un pleno extraordinario para decidir este asunto.
Igualmente, cinco magistrados podrían llamar a un pleno extraordinario, si así lo consideran.
Estas fueron parte de las explicaciones de Arrocha, en una conferencia de prensa celebrada este jueves 25 de abril, cuando faltan 10 días para las elecciones generales.
Arrocha, que advirtió que estas explicaciones las hace como sustanciador y no como vocero de la Corte, contó que se admitieron 88 alegatos sobre esta demanda: 71 a favor de la constitucionalidad del acto del TE y 17 en contra.
“Ahora me corresponde a mí, dentro de los 10 días que iniciaron el 22 de abril, el pasado lunes, hasta el 6 de mayo de 2024, para confeccionar un proyecto de fallo que le tengo que poner a circular al resto de los magistrados”, añadió.
Arrocha indicó que el proyecto de fallo lo circulará entre los otros ocho magistrados, de manera simultánea.
Añadió que el día 23 de abril pidió información al TE, la cual considera “necesaria para poder finalizar de tomar una decisión luego de haber establecido un criterio formado de cuál debe ser lo que voy a proponer al resto de los magistrados del pleno de la Corte Suprema de Justicia”.
“Tan pronto recibamos respuesta de dicha comunicación, estaremos en capacidad de finalizar la redacción completa del proyecto de decisión que le pondremos a circular de forma simultánea al resto de los magistrados”, remarcó.
Una vez se reparta el proyecto de fallo, el proceso entra en una nueva etapa.
“¿Qué pasa después de los 10 días, que vencen el 6 de mayo del 2024, para la elaboración del proyecto? Muy bien, tiene que poner este proyecto en lectura simultánea durante 20 días. Eso está regulado en un acuerdo del Pleno del 9 de febrero del año 2012″, señaló.
Si hay dos observaciones, por lo menos, entonces Arrocha, como ponente, tendrá que llevar esto a discusión del Pleno, para que ha debatido, deliberado y votado su decisión. Incluso, hasta se puede perder la ponencia si la mayoría considera que la parte resolutiva “no le es empática o no está de acuerdo con ella”.
Arrocha indicó que el propio Pleno de la CSJ podría “soberanamente” modificar algunos plazos de la tramitación, “como son las dos observaciones”.
“El tema es en qué contexto, en qué oportunidad, bajo qué forma eso se puede hacer, pues también tenemos un acuerdo previamente establecido, que es el acuerdo 1375 del 25 de diciembre del año 2009, que establece que eso se tiene que hacer en una reunión plenaria”, remarcó.
Por: Juan Manuel Díaz/ La Prensa